El dato: la maquinaria diésel nueva tendrá límites de emisiones
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó el 22 de mayo de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Norma Oficial Mexicana NOM-174-SEMARNAT-2026, que fija límites máximos de emisiones para los motores diésel nuevos de maquinaria móvil que no circula por carretera (DOF, 2026). La norma entra en vigor 180 días después, es decir, a mediados de noviembre de 2026 (GOMSA, 2026).
Contexto: qué cubre y a quién obliga
| Aspecto | Qué dice la norma |
|---|---|
| Motores | Diésel nuevos de 19 a 560 kilowatts (kW) |
| Equipos | Maquinaria móvil no de carretera, usada sobre todo en industria, minería y construcción |
| Contaminantes | Monóxido de carbono, hidrocarburos, óxidos de nitrógeno y partículas |
| Obligados | Fabricantes e importadores de los motores |
| Excluidos | Generación eléctrica, ferrocarril, embarcaciones, aeronaves y maquinaria agrícola |
Los motores fabricados o importados antes de la entrada en vigor podrán terminar de venderse sin certificado (GOMSA, 2026; Mi Morelia, 2026).
Qué significa para la industria
- Para compras: si tu planta o constructora planea renovar maquinaria en 2027, pide al proveedor que confirme que el motor cumple la NOM-174.
- Para distribuidores e importadores: la obligación de certificar es suya; el inventario anterior a noviembre puede venderse.
- Para sostenibilidad: la norma ayuda a reducir partículas y óxidos de nitrógeno en obras y patios, donde trabaja el personal.
Lo que sigue
Los valores límite y el procedimiento de certificación están en el texto completo del DOF. Industridea dará seguimiento a la aplicación de la norma por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
Opinión del Editor: esta norma no obliga a cambiar la maquinaria que ya tienes, pero sí cambia lo que vas a comprar. Preguntar por la certificación antes de firmar es la forma más barata de cumplir.

