El dato: más de 6 mil empresas ante nuevas reglas
La Ley General de Economía Circular se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de enero de 2026 y entró en vigor al día siguiente. Su eje es la responsabilidad extendida del productor (REP), que la ley define como el medio por el cual la persona productora o importadora es responsable ambientalmente de su producto en todo su ciclo de vida (artículo 3, fracción XXXI) (Decreto, 2026).
En el X Congreso Técnico de la Asociación Nacional de Industrias del Plástico (ANIPAC), el sector revisó cómo prepararse. La industria del plástico en México suma más de 6 mil empresas, y más de 78 % son micro y pequeñas (Molina, 2026; Eje Central, 2026).
Contexto: obligaciones graduales y un reglamento pendiente
La REP no se activa de golpe. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicará acuerdos de implementación por sector o producto, con metas, indicadores y plazos (artículos 10 y 12). Cuando un acuerdo alcance a una empresa, esta deberá elaborar su Gestión Circular e inscribirla en el Registro de Economía Circular (artículo 39).
| Punto de la ley | Qué establece |
|---|---|
| Publicación y vigencia | DOF 19 de enero de 2026; vigente desde el día siguiente |
| Responsabilidad extendida del productor | Productores e importadores responden por su producto en su ciclo de vida |
| Diseño circular | Productos con criterios circulares cuando sea viable (artículo 36) |
| Gradualidad | Por sector y producto; diferenciada para micro, pequeñas y medianas empresas (artículo 47) |
| Reglamento | Plazo de 180 días naturales; pendiente de publicación |
Noemí Jardón, especialista del Centro de Tecnología Avanzada (CIATEQ), explicó en el congreso que las obligaciones serán progresivas, con medidas compensatorias cuando un cambio no sea técnica o económicamente viable. Hugo Gómez, presidente de la Comisión Técnica de ANIPAC, señaló que la ley implica mirar el desarrollo de los productos más allá de su forma final. Al cierre del congreso, el reglamento seguía pendiente de publicación (Molina, 2026).
Qué significa para la industria
- Para ingeniería de producto: el diseño circular pide pensar en reparabilidad, vida útil y uso de material reciclado o reciclable desde el molde, no al final.
- Para cumplimiento ambiental: conviene seguir los acuerdos de SEMARNAT por sector y preparar desde ahora la información que pedirá la Gestión Circular: qué se vende, cuánto y qué pasa con el producto al final de su uso.
- Para la dirección: la ley prevé gradualidad para micro, pequeñas y medianas empresas. Participar en las consultas sectoriales, directamente o por la cámara, permite que esos plazos reflejen la capacidad real de la planta.
Lo que sigue
El siguiente paso es la publicación del reglamento y, después, los acuerdos de REP por sector. Industridea informará cuando aparezcan en el DOF.
Opinión del Editor: La ley ya está vigente y sus obligaciones llegarán por sector. Tener ordenados los datos de producto y destino final ahorra tiempo cuando llegue el acuerdo correspondiente.

